Fundamento Jurídico

La Secretaría Ejecutiva del Consejo Monetario Centroamericano (Secretaría) tiene su creación en el artículo 47 del Protocolo de Guatemala y adquiere personalidad jurídica internacional conforme al artículo 50 de dicho Protocolo.  Su sede está en la ciudad de San José, Costa Rica.

Funciones

La Secretaría es la encargada de los aspectos técnicos y administrativos del Consejo, constituyendo su conducto regular de comunicación.

Entre sus principales funciones están:

a) Ejecutar lo dispuesto por el Consejo;
b) Realizar los estudios técnicos que sean necesarios para la ejecución del Acuerdo Monetario Centroamericano y para dar cumplimiento a los planes y programas de trabajo aprobados por el Consejo;
c) Comunicar la convocatoria y preparar las reuniones del Consejo, participar en ellas con voz pero sin voto y llevar los registros y actas correspondientes;
d) Proponer al Consejo los planes y programas de trabajo y sugerir el orden de prioridades;
e) Desempeñar las funciones de secretaría en las reuniones intersectoriales en que participe el Consejo, ya sea independientemente o en colaboración con otros organismos de integración;
f) Representar a cualquier órgano, mecanismo o sistema dependiente del Consejo;
g) Coordinar y armonizar las labores de los Comités de Consulta, preparar sus reuniones y participar en ellas, con voz, pero sin voto. Asimismo prestarles asistencia técnica, material y de secretaría;
h) Llevar el registro y archivo de los estudios técnicos elaborados por la Secretaría Ejecutiva, los Comités de Consulta, Comisiones Especiales o Grupos Ad hoc, así como de los que realicen y envíen los Bancos Centrales de la región centroamericana y de República Dominicana;
i) Preparar y publicar periódicamente un Informe Económico y un Boletín Estadístico que reúna datos e informaciones de carácter monetario, cambiario, crediticio y fiscal, así como los referentes a balanza de pagos y comercio exterior de los países centroamericanos y de República Dominicana.