CUASIDINERO EN MONEDA EXTRANJERA

DEFINICIÓN

Incluye los depósitos transferibles, los otros depósitos y los valores distintos de acciones, todos en moneda extranjera. Los depósitos transferibles en moneda extranjera se refieren a los depósitos en cuenta corriente en dicha moneda de sectores residentes, excepto el gobierno central. Los otros depósitos en moneda extranjera son los derechos, distintos de los depósitos transferibles, que están representados mediante comprobantes de depósito, (ejemplo: depósitos de ahorro, plazo, reporto, etc., todos en moneda extranjera) en poder de sectores residentes (excepto el gobierno central). Los valores distintos de acciones en moneda extranjera son los títulos emitidos en dicha moneda por las sociedades de depósitos  (incluye los emitidos por el Banco Central) y que están en poder de sectores residentes (excepto el gobierno central), siempre y cuando por las características del instrumento se considere dinero en sentido amplio. Esta definición responde a los conceptos y principios del “Manual de estadísticas monetarias y financieras” del Fondo Monetario Internacional del 2000.

 

UNIDAD DE MEDIDA

Millones de moneda nacional

PERIODICIDAD

Mensual

OPORTUNIDAD

De uno a dos meses luego de terminado el mes

DETALLES POR PAÍS

·         En El Salvador no existen pasivos de las Sociedades de Depósito en otra moneda que no sea el US dólar.  La unidad de cuenta es el US dólar desde el 2001, razón por la cual la información se compila en moneda nacional.

·         En Panamá no existen pasivos de las Sociedades de Depósito en otra moneda que no sea el US dólar, debido a que esta rige como moneda nacional.

CÁLCULO REGIONAL

No hay cálculo regional para el cuasidinero en ME.

FUENTE DE DATOS

Información proporcionada por las EMFA.