CUASIDINERO EN MONEDA EXTRANJERA |
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DEFINICIÓN |
Incluye los depósitos
transferibles, los otros depósitos y los valores distintos de acciones, todos
en moneda extranjera. Los depósitos transferibles en moneda extranjera se
refieren a los depósitos en cuenta corriente en dicha moneda de sectores
residentes, excepto el gobierno central. Los otros depósitos en moneda
extranjera son los derechos, distintos de los depósitos transferibles, que
están representados mediante comprobantes de depósito, (ejemplo: depósitos de
ahorro, plazo, reporto, etc., todos en moneda extranjera) en poder de
sectores residentes (excepto el gobierno central). Los valores distintos de
acciones en moneda extranjera son los títulos emitidos en dicha moneda por
las sociedades de depósitos (incluye
los emitidos por el Banco Central) y que están en poder de sectores
residentes (excepto el gobierno central), siempre y cuando por las
características del instrumento se considere dinero en sentido amplio. Esta
definición responde a los conceptos y principios del “Manual de estadísticas
monetarias y financieras” del Fondo Monetario Internacional del 2000. |
UNIDAD DE MEDIDA |
Millones de moneda nacional |
PERIODICIDAD |
Mensual |
OPORTUNIDAD |
De uno a dos meses luego de terminado el mes |
DETALLES POR PAÍS |
·
En
El Salvador no existen pasivos de las Sociedades de Depósito en otra moneda
que no sea el US dólar. La unidad de
cuenta es el US dólar desde el 2001, razón por la cual la información se
compila en moneda nacional. ·
En
Panamá no existen pasivos de las Sociedades de Depósito en otra moneda que no
sea el US dólar, debido a que esta rige como moneda nacional. |
CÁLCULO REGIONAL |
No hay cálculo regional para el cuasidinero
en ME. |
FUENTE DE DATOS |
Información
proporcionada por las EMFA. |